El Club de los Sin Camisa

20.Feb.2015 / 06:16 am / Haga un comentario

“… trescientos años de calma, ¿no bastan?”

Simón Bolívar.  3 de Julio de 1811

Nelson Escobar

A continuación se presenta una lectura de vital importancia, que debe conocer todo el pueblo de Venezuela que muestra la clara actitud injerencista del imperio estadounidense y atenta contra la revolución bolivariana y la Patria:

HR 4587: Ley de Protección de la Democracia Derechos Humanos en Venezuela

113 º Congreso, 2013-2015.

Texto a partir del 07 de mayo 2014 (Introducido).

113 º CONGRESO

2da Sesión

HR 4587

EN LA CÁMARA DE REPRESENTANTES

07 de mayo 2014

_______________

 La Sra. Ros-Lehtinen (por sí misma, el Sr. Díaz-Balart , el señor Salmon , Sr. Sires , el Sr. Deutch , el Sr. Murphy, de la Florida , el Sr. Stockman , el Sr. García y la Sra. Brown de la Florida ) presentó el siguiente proyecto de ley; que fue remitido a la Comisión de Asuntos Exteriores , y, además, a la Comisión de la Judicatura , por un período que se determinará posteriormente por el Presidente, en cada caso a la consideración de las disposiciones que sean de la competencia de la comisión interesada.

UN PROYECTO DE LEY  … (1)

Sección 1 . Titulo corto: Ley de Defensa del los Derechos Humanos y Sociedad Civil para Venezuela 2014.

Sección 2 . Conclusiones: En este apartado se presentan las principales conclusiones en relación a la creciente crisis económica de Venezuela; alarmantes niveles de violencia criminal, la erosión de la gobernabilidad democrática, la libertad de expresión y la libertad de prensa.

Sección 3 . Sentido del Congreso: En este apartado se establece cual es el sentir del Congreso que: 1) Los Estados Unidos busca una relación mutuamente beneficiosa con Venezuela basada en el respeto a los derechos humanos y el Estado de Derecho y una relación productiva en temas de seguridad pública, incluyendo antinarcóticos y antiterrorismo; 2 ) que el Gobierno de Venezuela es responsable por la mala administración de su economía, los niveles de violencia en el país y por minar la gobernabilidad democrática y 3) las condiciones de la crisis provocaron las manifestaciones que tienen lugar en toda Venezuela .

Sección 4 . Política de EE.UU. hacia Venezuela: En este apartado se reconoce que es la política de los Estados Unidos el  1) apoyar las aspiraciones democráticas del pueblo venezolano como se define en la Carta Democrática Interamericana; 2) trabajar en conjunto con los miembros de la Organización de los Estados Americanos -, así como la Unión Europea – para asegurar el final inmediato de la violencia contra los manifestantes y una resolución pacífica a la crisis actual en Venezuela, y 3) hacer que el gobierno y funcionarios responsables de la seguridad asuman su responsabilidad por el uso de la fuerza contra los miembros de las protestas antigubernamentales.

Sección 5 . Sanciones contra las personas que el Presidente de los Estados Unidos determine que son responsables de la violencia en Venezuela: Esta sección requiere que el Presidente imponga sanciones a las personas que él determine responsables 1) que hayan cometido, ordenado o dirigido actos significativos de violencia o abusos graves contra los derechos humanos en Venezuela en contra de personas relacionadas con las protestas antigubernamentales en Venezuela, entre ellos funcionarios y ex funcionarios del Gobierno de Venezuela, o 2) que hayan dirigido u ordenado la detención o el enjuiciamiento de una persona principalmente por el ejercicio legítimo de la misma a la libertad de expresión o asociación. Las sanciones que se impondrán por el Presidente incluirían bloqueo de 1) activos – utilizando todos los poderes otorgados al Presidente por la Ley Internacional de Poderes Económicos de Emergencia para bloquear y prohibir todas las transacciones en la propiedad, y 2) substracción de los EE.UU. y la revocación de los visados ​​- negando visas  y revocar visados ​​y otros documentos de conformidad con la Ley de Inmigración y Nacionalidad .

Sección 6 . El apoyo a la sociedad civil en Venezuela : En esta sección se autorizan  $15 millones en nuevos fondos en el año fiscal 2015 para 1) defender los derechos humanos, 2) aumentar la capacidad de la sociedad civil democrática,  3) apoyar a los medios de comunicación independientes y el acceso sin restricciones a Internet, 4) mejorar la transparencia gubernamental y la rendición de cuentas y 5) ayudar a la sociedad civil , periodistas y manifestantes que han sido víctimas de esta represión. (2)

1.- FUENTE: https://www.govtrack.us/congress/bills/113/hr4587/text

2.- Alba Ciudad 96.3fm 18-12-2014

Para la aplicación de la ley, cuentan con los lacayos internos que han comenzado actuar contra la patria, pasemos a la ofensiva con el legado chavista:

“No aceptamos presiones de nadie, en todo caso es la presión de nosotros mismos; tampoco presionamos a nadie, porque respetamos la soberanía de todos los pueblos del mundo, de todos los gobiernos del mundo y nos aferramos a un principio fundamental de lo que debe ser la autodeterminación de los pueblos, regla fundamental en las relaciones internacionales”.  Discurso con motivo de los primeros cien días de gobierno, Palacio de Miraflores, Caracas, 13/5/1999

“La historia antigua y reciente lo confirma: no hay dominación posible si previamente no se socavan los procesos de soberanía e independencia”. Las líneas de Chávez. 2010.

 

“La soberanía nunca es una condición definitiva, automática. Siempre tendremos que estar vigilantes y tomar las medidas necesarias para defenderla. Quien baje la guardia corre el riesgo de perderla”. Mensaje anual ante la Asamblea Nacional, 13/01/2009.

 

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